PRIMERA EDICIÓN DE ACTAS La evaluación y calificación del trabajo del alumnado se llevará a cabo con un procedimiento de evaluación continua, además de la nota media de dos exámenes finales (test de lectura y examen de contenidos), de acuerdo con los porcentajes descritos más arriba. La evaluación continua comprende la participación activa en las clases, la lectura obligatoria de los libros indicados en el programa y su comentario en las clases para demostrar su lectura razonada, así como la realización de trabajos. Se valorará muy positivamente la asistencia y participación activa en las clases. Además, en las fechas fijadas en el calendario oficial de exámenes de la FFT, se realizarán los dos exámenes de tipo escrito mencionados, cuyos contenidos tendrán que ver con las lecturas comentadas en el aula. Dichos exámenes alcanzarán un valor del 40% de la nota total de la materia cada uno. No se podrá obtener menos de un 5 en cada uno de los dos exámenes parciales para aprobar la materia. Los/Las estudiantes que suspendan la asignatura en la evaluación continua deberán examinarse de toda la materia en la segunda edición de actas indicada más abajo.
El alumnado que no se acoja al sistema de evaluación continua y escoja la evaluación única deberá realizar tanto un examen sobre los contenidos de la materia, como también un trabajo escrito, cuyo tema será acordado con la profesora responsable de la materia. La fecha del examen escrito será la fecha establecida durante el período de exámenes oficiales publicado por el Decanato de la FFT. La fecha límite de entrega del trabajo escrito coincidirá también con esa fecha. La nota de la materia resultará de la nota media entre la calificación obtenida por el trabajo escrito y en el examen, siendo preciso alcanzar un 5 como nota media entre ambas cosas.
SEGUNDA EDICIÓN DE ACTAS (JULIO): Examen escrito de los contenidos del curso por el 100% de la calificación. El examen tendrá lugar en la fecha establecida en el calendario oficial de exámenes publicado por el Decanato de la FFT.
ADVERTENCIA: En cualquiera de las convocatorias de exámenes, el profesorado puede exigir la realización de una prueba oral o escrita complementaria a aquel alumnado, ya sea de evaluación continua o de única que, según su criterio razonado, no haya demostrado suficiente competencia en la materia, o bien por cualquier otra causa, lo que incluye la sospecha de fraude, precise confirmar mejor su nivel en la materia.
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