1. La tutora o tutor académico
de la universidad evaluará las prácticas desarrolladas por los estudiantes de conformidad
con los criterios y fuentes de información señalados.
2. La tutora o tutor del centro escolar, como indica el art. 13 del Real Decreto 1707/2011, de 18 de Noviembre, por lo que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, realizará y remitirá a la Universidad a evaluación final.
3. Para
superar la materia del Prácticum el estudiante deberá alcanzar el aprobado en cada uno
de los criterios de evaluación establecidos nos informes, tanto del tutor/la del
centro escolar como del tutor/a académico. Se mantendrán las competencias adquiridas en primera convocatoria hasta segunda convocatoria.
4. Para
facilitar el proceso de evaluación, antes del inicio de las prácticas, el coordinador/la
del Practicum le remitirá al centro escolar a hoja de evaluación en la que se
reflejen las diferentes competencias objeto de misma.
5. Conforme a normativa vixente, con independencia de ser estudantes asistentes como non asistentes, o alumnado disfrutará
de condicións equivalentes de avaliación.
Particularmente, en cuanto a la Memoria de Prácticas, señalar:
1. La Memoria
de las prácticas se desarrollará según lo establecido en el art. 14 del Real decreto
1707/2011, de 18 de Noviembre.
2. A través
de la guía docente, así como por otro tipo de orientaciones, la Comisión de Prácticas
establecerá anualmente las recomendaciones precisas para una correcta
elaboración de la Memoria.
3. Para
facilitar el proceso de evaluación cada tutor o tutora contará con la correspondiente
hoja de evaluación.
4. Las fechas de entrega de la Memoria de Prácticas de cada convocatoria figuran reflejadas en el calendario académico de la Facultad, pudiendo consultarse en el apartado de organización
académica de la web de la facultad: http://fcced.uvigo.es/gl/