Informes/memorias de prácticas |
1. La Memoria de las prácticas se desarrollará consonte el establecido en el art. 14 del Real decreto 1707/2011, de 18 de Noviembre.
2. A través de la guía docente, así como por otro tipo de orientaciones, la Comisión de Prácticas establecerá anualmente las recomendaciones precisas para una correcta elaboración de la Memoria.
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50 |
La tutora o tutor académico de la universidad evaluará las prácticas desarrolladas por los estudiantes de conformidad con los siguientes criterios y fuentes de información:
Informe de la tutora o tutor del centro escolar |
Datos acercados por la tutora o tutor académico |
50% |
50% |
Informe de la tutora o tutor del centro, según el protocolo correspondiente |
Asistencia y evaluación de las reuniones y otras actividades programadas |
Memoria de Prácticas |
2. Para superar la materia del *Prácticum el estudiante deberá alcanzar el aprobado en cada uno de los criterios de evaluación establecidos nos informes, tanto del tutor/la del centro escolar como del tutor/a académico.
3. La tutora o tutor del centro escolar, como indica el *art. 13 del Real Decreto 1707/2011, de 18 de Noviembre, por lo que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, realizará y remitirá al tutor/a académico de la Universidad a evaluación final.
4. Para facilitar el proceso de evaluación, antes del inicio de las prácticas, el coordinador/la del *Prácticum le remitirá al centro escolar a hoja de evaluación en la que se reflejen las diferentes competencias objeto de misma. |