Se empleará un sistema de calificación numérica con valores de 0 a 10 puntos, según la legislación vigente (R.D. 1125/2003 de 5 de septiembre, B.O.E. nº 224 de 18 de septiembre). Convocatoria ordinaria: evaluación continua El método de evaluación continua (EC) valorará los resultados alcanzados por los alumnos en las diferentes actividades realizadas a lo largo del curso, que se agruparán de la siguiente forma: Prueba Final (PF), Controles Teórico-Prácticos (CT), Memorias de Prácticas (MP), Ejercicios Evaluables (EE), y Trabajo Grupal (TG). La nota de cada parte se calculará como la media aritmética de los ítems realizados hasta el momento de la evaluación en esa parte. Se realizarán dos controles de evaluación de conocimientos teórico-prácticos (CT) a lo largo del curso. El alumno deberá presentar una memoria por cada práctica de laboratorio siempre que así se indique en la realización de la misma, que serán evaluadas en el ítem MP. En las horas de seminario y/o de clase teórica, se podrá proponer al alumno la realización y entrega de diferentes ejercicios, que serán evaluados en el ítem EE. En el caso de que un alumno no pueda asistir a alguna sesión en la que se realicen ejercicios evaluables por causas de fuerza mayor, éste deberá avisar por correo electrónico a los profesores para que se tenga registro y esta circunstancia se tenga en cuenta en el momento de la evaluación. Además, los alumnos deberán realizar y exponer un trabajo grupal sobre los aspectos sociales, ambientales, de seguridad y salud en el diseño y construcción de edificios industriales (ver práctica 7), que será evaluado en el ítem TG. La prueba final de evaluación continua (PF) incluirá todos los contenidos de la materia y tendrá un peso del 40% en la nota final de evaluación continua. La nota de la evaluación continua (NEC), será el resultado de aplicar la media ponderada a todas las partes evaluadas; es decir, se calculará del siguiente modo: NEC= 0.4·PF + 0.15·CT1 + 0.15·CT2 +0.1·MP + 0.1·EE + 0.1·TG El alumno aprobará la asignatura por evaluación continua cuando se cumplan todos y cada uno de los siguientes requisitos: - Haber realizado todas las tareas evaluables (salvo casos debidamente justificados)
- Tener una calificación de al menos 4 puntos sobre 10 en el examen final de evaluación continua (PF)
- Tener un valor de NEC mayor o igual a 5 puntos (sobre 10)
En caso de incumplir alguno de los dos primeros requisitos, la nota final de evaluación continua será igual al valor mínimo entre NEC y 4 puntos.
Convocatoria ordinaria: examen ordinario Aquellos alumnos que no consigan superar la asignatura por el método de evaluación continua, deberán presentarse al examen ordinario, donde se evaluarán todas las competencias de la asignatura. Los resultados de este examen supondrán el 100% de la nota final del alumno, siendo requisito imprescindible para superar la asignatura obtener una nota de al menos 5 sobre 10. Los alumnos que hayan superado la asignatura por evaluación continua tendrán la posibilidad de presentarse al examen ordinario para mejorar su nota. Convocatoria extraordinaria Los alumnos que no hayan superado la asignatura en la convocatoria ordinaria, realizarán un examen extraordinario que tendrá el mismo formato y los mismos requisitos que el examen ordinario. Compromiso ético Se espera que el alumnado tenga un comportamiento ético adecuado, comprometiéndose a actuar con honestidad. En base al artículo 42.1 del Reglamento sobre la evaluación, la calificación y la calidad de la docencia y del proceso de aprendizaje del estudiantado de la Universidad de Vigo, así como del punto 6 de la norma quinta de la Orden DEF/711/2022, de 18 de julio, por la que se establecen las normas de evaluación, progreso y permanencia en los centros docentes militares de formación para la incorporación a las escalas de las Fuerzas Armadas, la utilización de procedimientos fraudulentos en pruebas de evaluación, así como la cooperación en ellos implicará la cualificación de cero (suspenso) en el acta de la convocatoria correspondiente, con independencia del valor que sobre la calificación global tuviese la prueba en cuestión y sin perjuicio de las posibles consecuencias de índole disciplinaria que puedan producirse. |