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Evaluación Continua vs Evaluación Global. Los
alumnos deberán elegir entre los sistemas de evaluación continua (EC) y de
evaluación global (EG) antes de que finalice el plazo establecido por el
Centro. Evaluación 1ª Oportunidad. Al final del
cuatrimestre, una vez realizadas las pruebas de evaluación continua o global,
el alumno dispondrá de una calificación sobre 10 puntos de Álgebra (A) y una
calificación sobre 10 puntos de Estadística (E) que supondrán el 100% de la
nota de cada parte. La calificación final de la materia se calculará de la
siguiente forma: -Si ambas notas, A y
E, son mayores o iguales a 3.5, entonces la calificación final será (A+E)/2. -Si alguna de las
notas A o E es menor que 3.5, entonces la calificación final será el mínimo de
las cantidades (A+E)/2 y 4.5. A un alumno se le
otorgará la calificación de no presentado si no se presenta a ninguno de los
exámenes de EC o EG de las dos partes de la materia después del plazo
establecido por el centro para decidir entre EC o EG; si, después de ese plazo,
se presenta a alguna prueba que le corresponda según esa decisión, se le
considerará presentado. Evaluación 2ª Oportunidad. La evaluación de los
alumnos en la segunda edición de las actas se realizará mediante un examen de
Álgebra y otro de Estadística que supondrán el 100% de la nota final de cada
parte. Para calcular la calificación final de la materia se aplicará el procedimiento
descrito arriba. Si al final del cuatrimestre (primera edición de actas) un
alumno obtiene una calificación superior o igual a 5 puntos (sobre 10) en una
de las partes (Álgebra o Estadística) entonces, en la segunda edición, podrá no
presentarse al examen final de esa parte y conservar la nota obtenida en la
primera edición. Compromiso ético: Se espera que el alumno
presente un comportamiento ético adecuado. En el caso de detectar un comportamiento no
ético (copia, plagio, utilización de aparatos electrónicos no autorizados, y
otros) se considerará que el alumno no reúne los requisitos necesarios para
superar la materia. La actuación fraudulenta en cualquier prueba de evaluación
implicará la cualificación de cero (suspenso) en el acta de la oportunidad de evaluación
de la convocatoria correspondiente, eso con independencia del valor que sobre
la cualificación global de ésta tuviese la prueba en cuestión y sin prejuicio
de las posibles consecuencias de índole disciplinaria que puedan producirse
(artículo 42 del Reglamento sobre la evaluación, la calificación y la calidad
de la docencia y del proceso de aprendizaje del estudiantado). No se permitirá la
utilización de ningún dispositivo electrónico durante las pruebas de evaluación
salvo autorización expresa. |