La
evaluación final del alumno atenderá a la suma de la puntuación otorgada a cada
una de las partes antes comentadas, siendo su nota de evaluación continua
(NEC): NEC = 0,15 * PI1 + 0,15 * PI2 + 0,1 * MP + 0,2 *TT + 0,40
* PF Para aprobar la asignatura
por evaluación continua se exige una nota NEC igual o superior a 5 puntos. Sin
embargo, se exigirán unos requerimientos mínimos en alguno de los apartados a
objeto de garantizar el equilibrio entre todos los tipos de competencias.
Dichos requerimientos son: 1. La realización
y entrega de todos los puntuables anteriores, tanto de prácticas como del
trabajo tutelado. 2. Obtener una nota igual o
superior a 4 puntos sobre 10 en la prueba final de evaluación continua
(PF). Los
alumnos con NEC inferior a 5 o que no cumplan alguno de los dos requerimientos
anteriores deberán presentarse al examen ordinario para poder superar la
asignatura. Para aquellos alumnos que no cumplen los dos requerimientos la nota
final de evaluación continua se obtiene como: NEC FINAL = min (4, NEC). Además,
se ofrece la opción de acudir al examen ordinario a todos aquellos alumnos
aprobados que deseen mejorar su calificación obtenida por evaluación continua. Tanto
en el examen ordinario como en el extraordinario (convocatoria de julio) se
evaluarán todas las competencias de la asignatura. Por ello, dichos exámenes
incluirán una cuestión referente a las tareas realizadas durante las prácticas. COMPROMISO ÉTICO: Se espera que el alumnado tenga un
comportamiento ético adecuado, comprometiéndose a actuar con honestidad. En base al artículo 42.1 del Reglamento sobre la evaluación, la calificación y la calidad de la
docencia y del proceso de aprendizaje del estudiantado de la Universidad de
Vigo, así como del punto 6 de la norma quinta de la Orden DEF/711/2022, de 18 de julio, por la que se establecen las normas
de evaluación, progreso y permanencia en los centros docentes militares de
formación para la incorporación a las escalas de las Fuerzas Armadas, la
utilización de procedimientos fraudulentos en pruebas de evaluación, así como la
cooperación en ellos implicará la cualificación de cero (suspenso) en el acta
de la convocatoria correspondiente, con independencia del valor que sobre
la calificación global tuviese la prueba en cuestión y sin perjuicio
de las posibles consecuencias de índole disciplinaria que puedan producirse.
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