CRITERIOS DE EVALUACIÓN PARA ASISTENTES 1ª EDICIÓN DE ACTAS
Todos los estudiantes que se presenten a cualquiera de las pruebas se entiende que siguen la asignatura de forma
presencial y por lo tanto deberán de seguir el procedimiento de evaluación descrito anteriormente.
Si un estudiante no se presenta a alguna de las pruebas se les asignará una calificación de 0 en ellas.
CRITERIOS DE EVALUACIÓN PARA NO ASISTENTES
Prueba: Examen de preguntas objetivas Descripción: Cada tema tendrá una prueba individual, con la que se pretende comprobar si el alumno ha alcanzado
los objetivos de dicho tema. Existirán tres pruebas, una por tema, valiendo cada prueba un 15% de la nota final. % Calificación: 45 % Competencias Evaluadas: CB2, CB4, CG8, CE4, CE5, CE14, CT6, CT7, CT8, CT11, CT14 Resultados de Aprendizaje evaluados: RA1
Prueba: Práctica de laboratorio. Descripción: Se realizará una prueba individual de programación, con la cual se pretende evaluar la capacidad del
alumno ante el desarrollo de software de calidad. % Calificación: 55 % Competencias Evaluadas: CB2, CB4, CG8, CG9, CE4, CE5, CE14, CE28, CT5, CT6, CT7, CT8, CT10, CT11, CT14 Resultados de Aprendizaje evaluados: RA1, RA2, RA3
CRITERIOS DE EVALUACIÓN PARA 2ª EDICIÓN DE ACTAS Y FIN DE CARRERA
Se aplicará el mismo sistema de evaluación para no asistentes
PROCESO DE CALIFICACIÓN DE ACTAS
Para aplicar los porcentajes especificados es necesario obtener en cualquier prueba una nota igual o superior a 4
(sobre 10).
Independientemente de la convocatoria, en caso de no superar alguna parte de la evaluación pero la puntuación
global fuese superior a 5 (sobre 10), la calificación en actas será 4.
FECHAS DE EVALUACIÓN
Las fechas y horarios de las pruebas de evaluación de las diferentes convocatorias son las especificadas en el
calendario de pruebas de evaluación aprobado por la Junta de Centro para el curso 2020/2021.
OBSERVACIONES
Se recuerda a todo el alumnado la prohibición del uso de dispositivos móviles en ejercicios y prácticas, en
cumplimiento del artículo 13.2.d) del Estatuto del Estudiante Universitario, relativo a los deberes del estudiantado
universitario, que establece el deber de "Abstenerse de la utilización o cooperación en procedimientos fraudulentos
en las pruebas de evaluación, en los trabajos que se realicen o en documentos oficiales de la universidad.
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