Al inicio del curso, el alumnado deberá manifestar su intención
-o no- de acogerse al sistema de evaluación continua. A tal fin, los
profesores de la materia le proporcionarán un documento que aquel deberá
cubrir y firmar. Primera oportunidad de examen (convocatoria de Enero) A.- El alumnado que se acoja al sistema de evaluación continua Deberá
asistir regularmente a las clases presenciales y será evaluado conforme
a los criterios que se indicaron más arriba (asistencia,
estudio/resolución de casos, exposiciones -30% de la calificación- y
prueba final objetiva -70%- compuesta de preguntas cortas). Este
alumnado nunca será evaluado mediante un examen final que represente el
100% de la calificación de la materia. B.- El alumnado que no cubra y firme el documento presentado No
tendrá derecho a ser evaluado de acuerdo con un sistema de evaluación
continua. Por tanto, este alumnado deberá someterse la una prueba final
objetiva (examen final) que representará el 100% de su calificación
final Segunda oportunidad de examen (convocatoria de Julio)
En el examen de la convocatoria de Julio sólo se realizará una prueba
final objetiva. La valoración de esta prueba dependerá de si el/la
alumno/a se acogió al sistema de evaluación continua (70% de la
calificación final), o no (100% de su calificación).
Así, al alumnado que se sometió al sistema de evaluación continua, se
le conservará la nota de dicho sistema. Esto es, si no aprobara la
materia en la convocatoria de Enero (primera oportunidad de examen), no
por eso perdería la calificación obtenida a lo largo del proceso de
evaluación, ya que se le conservaría tal nota. Con todo, si no aprobara
la materia en los dos citados exámenes del curso académico (Enero y
Julio), pasando a otro curso académico diferente, tendría que,
obligatoriamente, someterse de nuevo al proceso de evaluación continua y
realizar la prueba final objetiva. Con eso se quiere poner de
manifiesto que las calificaciones obtenidas en el proceso de evaluación
continua no se guardan de un curso académico para otro. Convocatoria de Fin de Carrera: En
el examen de la convocatoria de Fin de Carrera sólo se realizará una
prueba final objetiva, cuya valoración será el 100% de la calificación
final. Las competencias evaluadas y los
resultados del aprendizaje son los mismos para todo el alumnado, con
independencia de que se escogiera el sistema de evaluación continua o
no, o incluso que se trate de la evaluación de alumnado en convocatoria
de fin de carrera. FECHAS DE LAS PRUEBAS DE
EVALUACIÓN: Las fechas y horarios de las pruebas de evaluación de las
diferentes convocatorias son las que se especifiquen en el calendario de
pruebas de evaluación aprobado por la Junta de Facultad para el Curso
2020-21. |