Según el artículo 13. 2 d) del Real Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Estudiante Universitario, los/as estudiantes deberán "abstenerse de la utilización o cooperación en procedimientos fraudulentos en las pruebas de evaluación, en los trabajos que se realicen o en documentos oficiales de la universidad". En relación con la materia, siempre será condición imprescindible para contabilizar la evaluación continua obtener un mínimo de 5 sobre 10 en la prueba de desarrollo de respuesta/s larga/s. PRIMERA CONVOCATORIA: Al comienzo del curso el/la alumno/a deberá manifestar su intención de acogerse al sistema de evaluación continua. A tal efecto el/la alumno/a deberá hacerlo constar en la ficha de la asignatura en un determinado plazo. La evaluación continua supone un 30% sobre el total de la calificación final y el examen supondrá el 70% restante. Este consistirá en una prueba de desarrollo de pregunta/s sobre el contenido de la materia. Aquellos/as alumnos/as que, por circunstancias excepcionales personales o profesionales, no puedan participar de manera presencial en alguna/s de la/s sesión/es prácticas en el desarrollo del curso podrán, a juicio del profesor, presentar un trabajo acorde a la/s práctica/s correspondientes. Aquellos/as alumnos/as que no sigan durante el curso el sistema de evaluación continua o que no lo hayan superado tendrán derecho a un examen final que implicará por una parte el desarrollo por escrito de pregunta/s larga/s del programa y supondrá el 70% de calificación final (deberán obtener en esta parte al menos un mínimo de 5 puntos sobre 10) así como la realización de un supuesto práctico que supondrá el 30% de la calificación restante, en los que se evaluarán las mismas competencias que en el sistema de evaluación para asistentes y se aplicarán, igualmente, los mismos resultados de aprendizaje que en el sistema de evaluación para asistentes. EN LA SEGUNDA CONVOCATORIA: a) A los/as alumnos/as que habiendo superado la evaluación continua no hayan alcanzado un cinco en el examen de preguntas de desarrollo en la primera convocatoria se les conservará la nota de esta y se les realizará un examen similar al de la primera convocatoria. b) Los/as alumnos/as que no sigan en el desarrollo del curso la evaluación continua o que no la hayan superado tendrán derecho a un examen final que constará de dos partes: una teórica de preguntas de desarrollo sobre el contenido del programa que supondrá el 70% de la nota (deberán obtener en esta parte al menos un mínimo de 5 puntos sobre 10) y una pregunta práctica que supondrá el 30% restante, en los que se evaluarán las mismas competencias que en el sistema de evaluación para asistentes y se aplicarán, igualmente, los mismos resultados de aprendizaje que en el sistema de evaluación para asistentes. NOTA: En caso de haber superado la evaluación continua pero no haber aprobado la materia, se conservará si se comunica al profesor la nota de evaluación continua para el siguiente curso. CONVOCATORIA FIN DE CARRERA: La evaluación constará de pregunta/s de respuesta larga y el desarrollo de un caso práctico. La/s pregunta/s de respuesta larga valdrán un 70% de la nota final (deberán obtener en esta parte al menos un mínimo de 5 puntos sobre 10); el desarrollo de un caso práctico valdrá el 30% de la nota final. Se evaluarán las mismas competencias que en el sistema de evaluación para asistentes y se aplicarán, igualmente, los mismos resultados de aprendizaje que en el sistema de evaluación para asistentes. En el examen de Fin de Carrera no se tendrá en cuenta la nota de evaluación continua que el alumnado, en su caso, hubiese obtenido en el curso académico anterior. Las fechas y horarios de las pruebas de evaluación de las diferentes convocatorias son las especificadas en el calendario de pruebas de evaluación aprobado por la Xunta de Facultad para el curso 2020-2021. |